Absueltos los acusados por la muerte de los burros en el Desert de les Palmes

La sentencia judicial de Castellón determina que no hay pruebas de negligencia o abandono en la muerte de una decena de animales en 2021.

Imagen genérica de un martillo de juez sobre una mesa de madera en un juzgado.
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Imagen genérica de un martillo de juez sobre una mesa de madera en un juzgado.

Un juzgado de Castellón de la Plana ha absuelto a los dos hombres acusados de maltrato animal por la muerte de una decena de burros en el Desert de les Palmes, en Cabanes, en 2021, al no encontrar evidencias de negligencia.

La magistrada del tribunal de instancia número 3 de la sección penal de Castellón ha dictaminado la inocencia de Antonio Luis García, entonces director del Parque Natural del Desert de les Palmes, y de Juan Francisco Librán, ganadero propietario de los animales. Ambos estaban acusados de un delito de maltrato animal a raíz de la muerte de diez burros en este paraje natural, situado en el término municipal de Cabanes (Plana Alta), durante el año 2021.
La sentencia, hecha pública este miércoles, concluye que no hay pruebas suficientes que demuestren que los decesos se produjeran por negligencia, falta de alimentación, ausencia de control o que los animales se encontraran en una situación de abandono. Esta resolución judicial es susceptible de recurso.

No se ha acreditado que la muerte de los asnos se produjera a consecuencia de una omisión llevada a cabo por los procesados que pusiera en riesgo el bienestar de los animales.

La acusación sostenía que no se habían realizado las actuaciones mínimas necesarias para asistir a los animales, ni una valoración veterinaria adecuada, ni el traslado controlado de los ejemplares muertos, ni se había solicitado una necropsia para determinar la causa de las muertes. La causa judicial se inició tras la muerte de casi una quinta parte de los cincuenta burros introducidos en el paraje como parte de un proyecto de prevención de incendios forestales. Durante el programa, que se extendió hasta octubre de 2021, murieron ocho asnos y al menos dos más desaparecieron, mientras que el resto de los animales recuperados mostraban signos de gran debilidad.
La Fiscalía había pedido para los acusados una pena de veinte meses de prisión por un delito continuado de maltrato animal, además de una inhabilitación especial de cuatro años y medio para el ejercicio de cualquier profesión u oficio relacionado con animales y para la tenencia de estos.
La jueza tampoco ha podido probar que las muertes fueran debidas a la falta de refugio para los animales ante las inclemencias del tiempo o a la inexistencia de un proceso de adaptación previo al medio natural. Asimismo, el tribunal considera que no se ha acreditado que las únicas infraestructuras del proyecto fueran cuatro depósitos de agua y un pastor eléctrico, ni que no se implementaran otras medidas durante la noche, período en el que los burros permanecían en la montaña.
La sentencia también señala que no se ha probado que la muerte o el estado de los animales supervivientes fuera a causa de una dieta insuficiente. Los burros se alimentaron de la vegetación existente en el Desert de les Palmes, principalmente especies leñosas, y no se ha acreditado que sus características antiherbívoras afectaran gravemente la salud de los animales. Por lo tanto, ante la falta de pruebas de cargo suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia, se ha procedido a la absolución de los dos acusados.
Más allá del ámbito judicial, la cuestión de los asnos generó una crisis en la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, entonces dirigida por Mireia Mollà de Compromís. Benjamín Pérez, director de Medio Natural en aquel momento, dimitió por la gestión del proyecto forestal en el Desert de les Palmes, tras una investigación interna que reveló “muchos vacíos y comportamientos poco diligentes” en la supervisión, según indicó la consellera. El exdirector, ahora absuelto, se defendió afirmando que informó a la Generalitat de los acontecimientos y apuntó a un posible boicot o envenenamiento por parte de terceras personas, tesis que reiteró durante el juicio.