La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV ha emitido cinco sentencias que rechazan las alegaciones de empresas y asociaciones del sector del juego. Estos recursos iban dirigidos contra el decreto aprobado en 2021 por el entonces Consell del Botànic, que establecía una distancia mínima de 850 metros entre los salones de juego y los locales de apuestas y los centros educativos.
La decisión judicial llega después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminara el pasado 16 de octubre que la normativa europea no se opone a las limitaciones nacionales que imponen distancias mínimas entre establecimientos de juego y centros educativos. Esta sentencia del TJUE respondió a varias cuestiones prejudiciales planteadas previamente.
Los recursos desestimados por el TSJCV solicitaban la anulación de varios artículos del Decreto 97/2021, que regula aspectos como los requisitos para la autorización de nuevos locales, la renovación de licencias, la instalación de máquinas de juego en hostelería, la medición de distancias mínimas y la información comercial exterior. Los magistrados han considerado que estos preceptos no presentan ninguna irregularidad legal.
El Decreto 97/2021 es una disposición administrativa/reglamento ejecutivo de ley autonómica, dictada en ejercicio de competencia exclusiva de la Comunidad Valenciana.
El tribunal valenciano ha concluido que los artículos impugnados no solo tienen cobertura legal, sino que también presentan una "motivación válida sobre el nexo causal entre el objetivo 'proteger el interés general' y el instrumento 'prohibición de instalación de salones a distancia inferior a 850 metros de un centro educativo'". Además, se ha rechazado la petición de los recurrentes de elevar una cuestión de inconstitucionalidad contra la Ley 1/2020, de regulación del juego y prevención de la ludopatía.
La sala ha argumentado que la protección de la salud y la seguridad de los menores constituye una razón imperiosa de interés general que justifica la limitación de distancia. También ha señalado que no existe desigualdad en la distinción entre salones de juego y apuestas respecto a otros locales, ya que el incremento del juego en estos establecimientos justifica la restricción.
Estas sentencias del TSJCV se producen en un momento en que el nuevo Consell, liderado por Juanfran Pérez Llorca, está preparando un nuevo decreto para endurecer aún más las restricciones a estos negocios, incluyendo la prohibición de abrir nuevos bingos y salones de apuestas.




