El tiempo real que tarda la Seguridad Social en aprobar una pensión de jubilación genera dudas entre los ciudadanos. La normativa oficial, recogida en el BOE, establece un plazo máximo de 90 días para la resolución y notificación de las solicitudes de pensión contributiva de jubilación. Este plazo se inicia desde la fecha de presentación de la solicitud.
Sin embargo, en la práctica, muchas jubilaciones ordinarias se tramitan antes si el expediente no presenta incidencias ni requiere comprobaciones adicionales. La complejidad de cada caso es la clave: hay expedientes sencillos que se resuelven en pocas semanas, mientras que otros se alargan por cuestiones administrativas, errores en la documentación o cotizaciones complejas.
Situaciones como haber cotizado siempre en España, no tener periodos en distintos regímenes, presentar toda la documentación correctamente y no necesitar revisiones adicionales por parte del INSS, agilizan la tramitación. En cambio, los tiempos pueden aumentar para trabajadores autónomos con incidencias, cotizaciones en el extranjero, lagunas de cotización o casos de pluriactividad.
La Seguridad Social puede solicitar documentación adicional si detecta problemas en el expediente, lo que puede retrasar la resolución. Entre las causas frecuentes de demora se incluyen errores en la vida laboral, documentos pendientes, cotizaciones internacionales, cambios de régimen o discrepancias en los periodos trabajados. El envejecimiento de la población también ha incrementado la carga administrativa del sistema.
En caso de que transcurra el plazo máximo sin resolución expresa, se aplica el silencio administrativo negativo, lo que permite iniciar reclamaciones. No obstante, los expertos recuerdan que superar el plazo no implica necesariamente una denegación. Se recomienda consultar el estado del expediente en la sede electrónica de la Seguridad Social o el portal Importass.




