El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente dos recursos contencioso-administrativos presentados contra la ordenanza de la tasa de basura de 2025 en Elche. La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, declara la nulidad de la normativa y su
consecuente expulsión del ordenamiento jurídico
Sin embargo, la resolución especifica que esta anulación no afecta a la eficacia de los actos administrativos que ya son firmes, es decir, los recibos que ya han sido liquidados. El Ayuntamiento de Elche ha manifestado su intención de presentar un recurso de casación contra ambas sentencias.
El litigio se originó por la impugnación de la ordenanza fiscal del pasado ejercicio, la cual fue cuestionada por irregularidades en su tramitación. El demandante argumentó la nulidad de la normativa por errores en su publicidad y el incumplimiento del principio de equivalencia económica. La sentencia del TSJ ha dado la razón al demandante en dos puntos clave: la publicación del anuncio de la ordenanza en un diario que no se encuentra entre los de mayor difusión en la provincia de Alicante, y la zonificación de calles para el cobro de la tasa, que generaba un desequilibrio entre barrios.
A pesar de la nulidad de la ordenanza, el TSJ sí ha avalado el abono escalonado de la tasa hasta cubrir el precio del servicio, tal como había planteado la administración local hasta 2028. Esta decisión municipal buscaba reducir el déficit de la tasa de 12,1 millones a 9,2 millones de euros para 2025. La sentencia también condena al Ayuntamiento de Elche al pago de las costas procesales, con un máximo de 1.500 euros por honorarios de abogado y 334,38 euros por la intervención del procurador.




