El TSJCV confirma penas por abusos sexuales a menores en Vistabella del Maestrat

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ratifica las condenas de cárcel para cinco miembros de una comunidad pseudorreligiosa.

Imagen genérica de justicia y protección con un toque de paisaje mediterráneo.
IA

Imagen genérica de justicia y protección con un toque de paisaje mediterráneo.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha confirmado las penas de prisión para cinco miembros de una comunidad pseudorreligiosa asentada en Vistabella del Maestrat, condenados por abusos sexuales a menores de edad.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCV ha estimado parcialmente los recursos de dos de las condenadas, pero esta decisión no modifica las penas de cárcel fijadas por la Audiencia Provincial de Castellón. El tribunal ha eliminado una agravación relativa a la concurrencia de dos o más personas en un caso y la agravación de parentesco en otro, si bien ambas condenas se mantienen sin cambios.
La resolución afecta a cinco personas condenadas, cuatro mujeres y un hombre, por hechos ocurridos entre 2007 y 2022 en el seno de una comunidad dirigida por un hombre conocido como “Toni” o “Tío Toni”, fallecido hace más de cuatro años mientras se encontraba en prisión provisional por esta causa.
Según el relato judicial confirmado ahora por el TSJCV, el líder del grupo se atribuía poderes sanadores y acabó formando una comunidad de adeptos bajo la creencia de que era un ser de luz y que debían salvar el mundo mediante prácticas y rituales sexuales, en los que él mismo tenía un papel principal.
Los hechos probados sitúan la actividad del grupo en una masía conocida como La Chaparra, en Vistabella del Maestrat, donde tuvieron lugar los abusos sexuales a menores. La sentencia recoge que los niños crecían “asumiendo un sistema de valores, creencias y principios” impuesto por el conocido como “Tío Toni”.
Tras analizar los recursos presentados por los cinco condenados, el tribunal ha concluido que la sentencia de la Audiencia de Castellón es “totalmente correcta”, tanto en la valoración de la prueba practicada durante el juicio como en las consecuencias jurídicas derivadas de los hechos.
Los magistrados también avalan los testimonios de las víctimas y señalan que “se cumplen en los testimonios analizados los requisitos jurisprudenciales de ausencia de ánimo espurio, elementos corroboradores de carácter periférico y persistencia en la incriminación”.
La sentencia dictada en apelación por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana todavía puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.