El servicio de autobús de Alicante llega al TSJ por recursos de apelación
Tanto el Ayuntamiento de Alicante como la asociación GTV apelarán la sentencia que anula partes del pliego de condiciones del concurso de transporte público.
Por Neus Mollà i Roca
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Imagen genérica de documentos legales y un mazo de juez sobre un escritorio de madera, sugiriendo un procedimiento judicial.
El futuro del servicio de transporte público en autobús de Alicante quedará finalmente en manos del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), después de que el Ayuntamiento y la asociación Gestión de Transporte de Viajeros (GTV) hayan confirmado su intención de interponer recurso de apelación contra una sentencia de primera instancia.
La decisión judicial de primera instancia anulaba varias de las prescripciones técnicas del pliego de condiciones por el que se rigió el concurso. Ambas partes, el Ayuntamiento de Alicante y GTV, presentarán recursos con intereses contrapuestos: el consistorio para defender la corrección de sus requisitos, y GTV con el objetivo de buscar una sentencia más amplia que considere el resto de sus motivos de impugnación.
La resolución judicial establece que al menos dos de los requisitos fundamentales de las bases de ese concurso limitaban en exceso las posibilidades de concurrencia empresarial, funcionando como una barrera. La sentencia se refiere a la exigencia de que cualquier licitador interesado hubiera asumido la prestación de un servicio de transporte público similar al de Alicante en los tres años anteriores a la licitación y que, además, dispusiera de una flota de vehículos compuesta por un mínimo de 71 vehículos. Al mismo tiempo, también anula la limitación impuesta a la suma de las solvencias en el caso de las propuestas presentadas por varias empresas aliadas en una Unión Temporal de Empresas (UTE).
El equipo de gobierno, del Partido Popular (PP), ha anticipado su intención de apelar ante el alto tribunal autonómico al estimar que la sentencia se basa en una valoración o interpretación que no coincide con la posición que mantiene el servicio municipal de Movilidad. Un portavoz del ejecutivo local ha considerado que las cláusulas relacionadas con la exigencia de solvencia incluidas en el concurso eran las correctas puesto que se pretendía que se presentaran las mejores empresas para prestar el servicio que la ciudad merecía.
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"La sentencia dice que no debimos ser tan exigentes en la solvencia, y eso es una valoración con la que discrepamos, puesto que la décima ciudad de España debía ser lo suficientemente exigente para propiciar una solvencia de las empresas para procurar que se prestase un servicio de calidad."
Por su parte, la propia entidad recurrente, GTV, también ha anticipado su intención de recurrir en apelación ante el TSJCV en busca de una sentencia que amplíe la nulidad a otras prescripciones contempladas en el pliego de condiciones del concurso. Según GTV, la cláusula que la justicia acaba de anular reducía el universo de potenciales licitadores a apenas cuatro operadores en todo el país, entre ellos, la propia concesionaria saliente.
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"Desde GTV denunciamos que el conjunto del pliego configuraba un sistema en el que la adjudicataria no podía perder bajo ningún escenario imaginable. Buena parte de los criterios automáticos (kilómetros adicionales, mamparas, mejoras tecnológicas) se convirtieron en puntos decorativos que no discriminaron entre ofertas."
La asociación insiste en que la sentencia, a pesar de ser favorable, se queda corta y no llega a anular la totalidad de los vicios denunciados. Solicitarán a la Sala de Valencia la anulación íntegra de los pliegos y la consiguiente declaración de nulidad de pleno derecho del procedimiento por vulneración estructural de los principios de igualdad, no discriminación, transparencia y proporcionalidad. Apremian al Ayuntamiento a asumir las consecuencias de la sentencia y a reformular los pliegos en cumplimiento del fallo y abandonar prácticas administrativas que blindan el statu quo a costa de la competencia y del derecho de los ciudadanos a un servicio adjudicado en condiciones de libre mercado.